En sorprendente declaración, el FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA DE CUBA desafía abiertamente a su inmediato superior, el presidente DE LA REPUBLICA DE CUBA MIGUEL DIAZ-CANEL

El fiscal general de LA REPUBLICA DE CUBA desafía abiertamente a su inmediato superior, el presidente de LA REPUBLICA DE CUBA Miguel Díaz-Canel Fiscal General de la República de Cuba

ARTÍCULO 157 DE LA CONSTITUCIÓN VIGENTE (2019):
La Fiscalía General de la República constituye una unidad orgánica indivisible y con independencia funcional, subordinada al Presidente de la República.

Después de las declaraciones y actuaciones posteriores TIPIFICADAS EN LA CORTE INTERNACIONAL PENAL como un delito CONTRA LA HUMANIDAD, al exhortar a una parte armada de la nación en contra de la mayoría de ella. Ahora El Fiscal General de la República, subordinado inmediatamente al Presidente Díaz-Canel dice, abiertamente en contra de su superior que: El derecho a manifestarse, inclusive en contra de la ideóloga oficial, establecida en la Constitución en sus diferentes articulados como es:la irrevocabilidad del sistema socialista, es un ¡DERECHO DE TODOS! (declaraciones contrarias a lo establecido en la constitución comunista), entre otros los artículos:

ARTÍCULO 4. La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano.
La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones.
El sistema socialista que refrenda esta Constitución,es irrevocable.
Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución.

ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista,marxista y leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza política dirigente superior de la sociedad y del Estado. Organiza y orienta los esfuerzos comunes en la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista… ( ¿Es legítima una constitución que reconoce en sus propios articulados una institución por encima de ella: además no democrática y totalitaria?).

ARTÍCULO 13. El Estado tiene como fines esenciales los siguientes: g) afianzar la ideología y la ética inherentes a nuestra sociedad socialista.

Anteriormente existian evidencias sobre una guerra interna, entre los miembros del buró político del PCC, cuando en menos de 20 días 5 generales murieron sorpresivamente (todos cercanos a los Castros), otro muerto anteriormente en mayo, ayer aumento esa cifra al morir otro ex-combatiente de la vieja guardia.

Sabemos perfectamente que Díaz-Canel sigue órdenes superiores (el niño privilegiado de Raúl Castro).

Ahora, El Fiscal General de la República que debe recibir órdenes de Canel, lo contradice abiertamente recibiendo órdenes de otra facción (ya podemos asegurar que al menos hay dos) en disputa dentro del PCC; pues lo que sí no podemos creer, es que esas declaraciones públicas del Fiscal fueron por iniciativa propia. Pero, ¡Sí! es seguro, que tiene un respaldo y responde a comunistas con más poder.

Surgen tres preguntas en relación a las declaraciones del Fiscal General, máximo encargado de enjuiciar, sobre todo, delitos constitucionales (si es como él dijo que; el derecho a expresarse, inclusive en contra del socialismo y el comunismo es un derecho constitucional, algo que no es así).

Primera: Si Canel y los que ejecutaron sus órdenes violaron los derechos ciudadanos ”amparados” por constitución. ¿los encausará? y… de ser encausados ¿por qué lo harán? ¿será,como le dijimos a Canel por medio de Twitter?. Que lo pusieron en esa posición, para tratar de limpiar la imagen de otros, que han cometido infinidad de desmanes, incriminándolo a él, de todas las barbaries, que durante tanto tiempo se han venido haciendo. Y él se convierta en el Chivo Expiatorio del sistema.Junto con otros que monten en ese mismo tren; como Ochoa fue incluído en un caso del cual nada tenía que ver.

CAPÍTULO III
DELITOS CONTRA LA PAZ Y EL DERECHO INTERNACIONAL
SECCIÓN SEXTA
Genocidio

ARTÍCULO 116.1. Incurre en sanción de privación de libertad de diez a veinte años o muerte el que, con la intención de destruir, total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: a) someta a este grupo a condiciones de existencia que constituyan una amenaza de exterminio del grupo o de algunos de sus miembros;


TÍTULO IV
DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO
CAPÍTULO II
Instigación a delinquir

ARTÍCULO 202. 1. El que, fuera del caso previsto en el inciso c) del artículo 125, incite públicamente a cometer un delito determinado, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas.
2. Si la incitación surte efectos, se impone la sanción correspondiente al delito cometido si éste tiene fijada una sanción mayor a la señalada en el apartado anterior.
3. Si la incitación es para incumplir una ley, una disposición legal o una medida adoptada por las autoridades la sanción es de privación de libertad de uno a tres meses o multa hasta cien cuotas. (según el Fiscal General de la República, Canel en sus declaraciones, incitó a imcumplir la ley)

Segunda:¿serán indemnizadas las victimas del uso institucionalizado de la fuerza, por el sólo hecho de ejercer su inalienable derecho a la libre expresión, recogido o no en la constitución?

Tercera: ¿A cuál facción en disputa dentro del Buró político del PCC pertenece el Fiscal?
Ya es claro también que una de esas facciones aboga por la fuerza (la que usa a Canel por órdenes de Raul Castro, familia, y seguidores) y la otra,u otras, por suavizar y quizás buscar reformas. Ambas son inaceptables para nuestra nación mientras exista, sobre todo el artículo 5 de la constitución: EL PAPEL RECTOR DEL PCC.
A cualquier intento de cambio, tiene que preceder la revocación incondicional de ese artículo (5), entre otros, aunque este es el más importante; por ser el que atribuye a ese totalitario partido, el poder absoluto por encima de cualquier constitución que pudiera reformarse, o cambiarse. Lo cual, no representaría cambio alguno sustancial de ese oprobioso sistema.

Es aquí cuando el Movimiento Integracionista Democrático EXHORTA ENFÁTICAMENTE , que lean las primera y segunda declaración del mismo,donde se establecen las bases claras y precisas, de cómo debe estructurarse el sistema socio-político-económico de Cuba.
Esas declaraciones por su extensión no se reflejan aquí; pero irán directo a ellas si siguen este link: PROGRAMA DEL MID

¡LÉANLO TODO!
Es importante para ¡TODOS!
¡PATRIA Y VIDA!


Nota: en este otro link se enseña como se debe obrar de inmediato para tomar el poder democráticamente, eliminando del poder totalitario quien ahora lo ostenta; el PCC: Orientaciones para la Cuba que lucha por su dignidad


Mario Fernández Mora
Por la directiva del MID
29 de Julio del 2021

Email; mid.midporcuba.org

Un comentario en “En sorprendente declaración, el FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA DE CUBA desafía abiertamente a su inmediato superior, el presidente DE LA REPUBLICA DE CUBA MIGUEL DIAZ-CANEL”

  1. Cuándo los oficiales y dirigentes (entiéndase tiranos consecuentes con sus violaciones) del castrismo han respetado dicha constitución. Ese panfleto es un manual que se escribió, pero nunca se respetó. Y nosotros los miembros históricos del MID, lo sabemos bien y lo hemos denunciado muchas veces.

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