PORQUE EL MID ES UNICO

El Movimiento Integracionista Democrático (MID) es uno de los pocos movimientos cubanos que planteó de forma explícita, directa y programática la eliminación del “papel rector” del PCC como eje central de su propuesta política, y no sólo como una consecuencia implícita de la “democratización”.

Eso lo sitúa en una categoría distinta dentro de la oposición cubana.

 Lo que hace al MID “diferente” (y por qué se le atribuye la categoría de REBELIÓN) es que:  Mientras la mayoría de los grupos opositores hablan de:

  • reformas”
  • elecciones libres”
  • derechos humanos”
  • pluralismo”

El MID va directo al núcleo constitucional del sistema

-Eliminar el Artículo 5 de la Constitución;
-Suprimir el carácter de “fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado” del PCC
-Sustituirlo por un sistema de soberanía popular integracionista

Esto no es una reforma es la desarticulación jurídica del régimen

Por eso al MID no se le trata como “disidencia” sino como “subversión estructural”, y por eso sus fundadores no fueron condenados por “propaganda enemiga” o “peligrosidad”, sino por el delito de REBELIÓNalgo extremadamente raro en la oposición civil cubana.
 Rebelión en Cuba solo se aplica cuando el Estado entiende que se ataca la arquitectura de su poder TOTALITARIO, no cuando se piden cambios graduales.
¿Hay otros movimientos que lo hayan hecho tan explícitamente?
 
La respuesta corta y honesta es: ¡NO!. Ninguno con el mismo nivel de claridad constitucional y frontalidad jurídica que el MID.
Veamos:

Movimiento¿Pide fin PCC?¿Lo hace explícito en el programa constitucional?¿Resultado legal?
UNPACUImplícito ❌Represión administrativa
MCLImplícito ❌Hostigamiento
ArchipiélagoNo ❌Disolución social
Lawton⚠️ parcialExilio
MID✔️ explícito, artículo por artículoCondena por REBELIÓN

Sólo el MID tocó directamente la “ilegitimidad constitucional” del sistema
¿Por qué esto es crucial históricamente?. Porque el PCC puede tolerar:

  • que se hable de “mejorar el socialismo”
  • que se critique la gestión
  • que se pidan derechos

Pero no tolera que se ataque la cláusula que le da su poder ABSOLUTO. Con el que humilla y empobrece toda la nación; sin escrúpulo alguno

 El MID no discute políticas, discute SOBERANÍA.

Esto es lo que lo convierte, jurídicamente, en el único movimiento civil cubano condenado como si fuera una insurrección estructural

En síntesis

 El MID no es “una oposición más”.El MID ataca legalmente el corazón del régimen ilegítimo, TOTALITARIO. El Estado lo reconoció así… al condenarlo por REBELIÓN

¿Qué artículos constitucionales el MID propone suprimir y por qué eso hace inviable al PCC como poder rector?
Vamos directo al núcleo jurídico-político de la (Doctrina Integracionista) del MID — que es donde el MID se volvió letalmente peligroso para el régimen.

MID — Doctrina Integracionista (el arma constitucional que el PCC no podía permitir)
El MID no es “OPOSICIÓN” Es una doctrina de
SOBERANÍA.
Mientras la disidencia habla de derechos, el MID habla de: ¡QUIEN ES DUEÑO DEL PODER!.

1️⃣ El golpe directo al corazón del régimen: su ilegítima Constitución que se sostiene sobre la base del anticonstitucional artículo 5

Artículo 5
“El Partido Comunista de Cuba es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado»
Este artículo crea jurídicamente el
TOTALITARISMO», y toda la legalidad posterior depende de él.

2️⃣La Doctrina Integracionista planteada (sin rodeos) por el MID es:

                     Lograr       Consecuencia jurídica
Derogación total del Art. 5El PCC deja de ser poder supremo
Soberanía popular integracionistaEl poder regresa al ciudadano
Integración de soberanías individualesEl Estado deja de ser dueño del pueblo
Constitución por pacto social realFin del Estado-Partido
Derecho de libertad y acción políticaLegaliza multipartidismo real

 No es “reforma”. Es desmantelamiento constitucional del régimen.

3️⃣ ¿Por qué el Estado respondió con REBELIÓN?

En Cuba,el delito de REBELIÓN se aplica cuando: Se ataca la estructura constitucional del poder TOTALITARIONo se aplica por protestar. No se aplica por criticar. Se aplica cuando se intenta sustituir el fundamento jurídico del Estado  TOTALITARIO

El MID es el ÚNICO movimiento civil que presenta una doctrina constitucional alternativa completa no una queja:
Es la consecución digna y civilizada de la SOBERANÍA NACIONAL.

4️⃣ La clave que lo hace único en la historia cubana

Movimiento
Tocó Art.5Doctrina constitucional alternativaTratamiento penal
UNPACUNoNoHostigamiento
MCLNoNoRepresión
ArchipiélagoNoNoBloqueo
LawtonParcialNoExilio
MID Sí — doctrina completaREBELIÓN

El PCC no persigue opiniones. Persigue competidores de SOBERANÍA NACIONAL.

El MID es el único que busca devolver la SOBERANÍA a su legítimo dueño: EL PUEBLO DE CUBA.

5️⃣ En una frase: El MID no es perseguido por lo que dice. Fue condenado por lo que le quita al PCC: El PODER TOTALITARIO POR ENCIMA DE LA SOBERANÍA NACIONAL.

 ¿Cómo el MID anticipa jurídicamente el colapso inevitable del Art.5 incluso dentro de la propia Constitución actual?

Vamos a hacerlo con precisión jurídica y sin consignas; porque aquí lo importante no es la retórica, sino cómo la propia ilegítima Constitución cubana contiene —sin los comunistas quererlo— la semilla que hace derogable el Artículo 5

 ¿Cómo el Artículo 5 es jurídicamente inestable desde dentro?

Art. 5: “El PCC es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado.”

Este artículo pretende blindar al Partido por encima del pueblo. Pero la misma Constitución coloca por encima del Art. 5 principios que lo contradicen

Y en derecho constitucional, cuando hay contradicción, el sistema colapsa por jerarquía normativa.

1️⃣ La primera grieta: la soberanía NO PUEDE TENER DOS DUEÑOS

Art. 3 de la Constitución: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo.”
Pero el Art. 5 dice que el
«PCC es fuerza dirigente superior
Dos soberanos jurídicos
El pueblo (Art.3)  y   El PCC (Art.5)
En derecho constitucional eso es imposible
:

La SOBERANÍA no se comparte ni se delega por decreto.

Resultado: El Art. 5 es jurídicamente incompatible con el Art. 3.

Si la soberanía es intransferible, no puede existir una “fuerza superior” sobre ella.

2️⃣Segunda grieta: el principio de igualdad política.Art. 42 Todas las personas son iguales ante la ley.

Pero el Art. 5 crea una entidad política superior a todos los ciudadanos. Dándole la soberanía nacional a un pequeño no representable grupo de usurpadores; convirtiendo el Estado, en un Estado TOTALITARIO 

Este artículo viola la igualdad política estructural. No es una violación moral, es una nulidad constitucional técnica

3️⃣ Tercera grieta: derechos que no pueden coexistir con un partido rector por encima de la Constitución. La Constitución reconoce:
1) Derecho de asociación
2) Derecho de participación
3) Derecho de expresión

Pero un sistema con “fuerza dirigente superior” anula jurídicamente esos derechos.En derecho esto se llama: derechos ilusorios → derechos reconocidos pero imposibles de ejercer lo que significa un hecho de:

INCONSTITUCIONALIDAD ESTRUCTURAL

4️⃣ Cuarta grieta: contradicción con el propio mecanismo de reforma

La Constitución establece mecanismos de reforma constitucional “por el pueblo”. Sin embargo, el pueblo no puede reformar la entidad que la propia constitución pone por encima de ella; a pesar de que al estar esa entidad por encima de la constitución; hace de la misma una constitución ¡ILEGÍTIMA!

Genera un bucle inválido:
El pueblo es soberano (Art. 3); pero no puede reformar al «superior del Estado» (Art.5). Rompe con la lógica de toda constitución moderna.

5️⃣ Quinta grieta: Conclusión técnica; sin ideología, sin política:
1) Constitucionalmente contradictorio.
2) Viola soberanía,
3) Igualdad,
4) Derechos fundamentales
5) Reforma constitucional


Por técnica jurídica comparada, es un artículo nulo de origen.

Eso es exactamente lo que el Movimiento Integracionista Democrático reveló y formalizó:
Cualquier transición futura en Cuba tendrá que ELIMINAR el Art.5. Incluso si el régimen intenta reformarse sin perder el poder (como ya ocurrió en Europa del Este).
Lo que ocurrió en Europa del Este en octubre de 1989, confirmó lo que el MID ¡YA! Había planteado desde el 28 de enero de 1988.
Vamos a cerrar el círculo con un punto comparado, técnico y no retórico por qué toda transición futura en Cuba —incluyendo una “reforma controlada” desde arriba— terminaría obligada a suprimir el Art.5
La regla comparada es que: no existe “partido rector por encima de la constitución ”!REFORMABLE¡”

En derecho constitucional comparado hay una regularidad empírica muy clara:

Un sistema que consagra constitucionalmente un partido como “fuerza dirigente superior” no puede abrir derechos, pluralismo, ni mercados; sin neutralizar primero esa cláusula. No es ideología, es incompatibilidad normativa.

Casos históricos (lo que ocurrió cuando intentaron “reformar” sin perder el control)
1) Europa del Este (1988–1991)
Todos tenían cláusulas equivalentes al Art. 5 cubano. El patrón fue idéntico:

PaísClaúsula de Partido DirigentePrimer Paso de la TransiciónFecha de Eliminación
PoloniaPapel dirigente del Partido”Derogación constitucional de la cláusulaDiciembre 29, 1989
HungríaÍdemSupresión de la cláusulaOctubre 23,1989
ChecoslovaquiaÍdemDerogaciónNoviembre 29,1989
BulgariaÍdemDerogaciónEnero 15, 1990
RDA (Alemania Oriental)ÍdemDerogaciónDiciembre 1, 1989

En el MID, ya habíamos planteado la “eliminación del papel rector del partido comunista de la constitución cubana (artículo 5) desde enero de 1988”.
Confirmada su clara definición, en cuanto al logro de la democracia, por los países europeos, 
 más un año después de haberlo MID declarado
En el MID, además, contamos con una estrategia detallada totalmente democrática, viable y adaptada a las condiciones particulares de Cuba y diferente de los países europeos donde triunfó la democracia

No obstante nuestras intenciones de una Cuba democrática, con un pueblo unido, con respeto, prosperidad y felicidad. Y sobre todo salvar a Cuba del caos; cada día más evidente y cercano; como lo venimos alertando desde el año 1988. Los principales dirigentes fuimos hechos prisioneros entre los días 23 y 24 de septiembre de 1989 y posteriormente enjuiciados*; poco antes de que Europa del Este eliminara de sus respectivas constituciones el artículo del “papel rector de sus partidos comunistas”

Estos acontecimientos que sorprendieron al mundo, tuvieron una repercusión en los dirigentes del MID; que estábamos en celdas tapiadas sometidos a intensos interrogatorios.

Los oficiales que nos interrogaban (por alrededor de 2 meses en condiciones sicológicamente infrahumanas) al ver la coincidencia de nuestro programa con lo acontecido. Llegaron a pensar que éramos parte de una conspiración internacional; incluyendo Fidel Castro, quien dirigió parte del interrogatorio, ordenando a sus agentes hacernos preguntas específicas, relacionadas con nuestro programa político y mantenerlo al tanto de todo detalle de cada interrogatorio.
En uno de los interrogatorios, el oficial a cargo me dijo que Fidel había leído el programa y coincidido en algunos aspectos (nunca supe cuáles eran); pero hizo énfasis en el ¡PERO!, que no aceptaba la eliminación del «Papel Rector del PCC»!. Yo sin saber lo que ocurría en Europa le contesté que hubiera preferido que estuviera de acuerdo en cuanto a la eliminación del «Papel Rector del PCC» aunque no lo estuviera en el resto del documento.
El oficial alterado, gritó: eso Jamás. En ese momento terminó esa sesión de interrogatorios

Artículo 5, aunque “legal” en las constituciones comunistas, dado por el poder ilegítimo de los comunistas; es absolutamente ¡ILEGITIMO! pues no ha sido obtenido por derecho moral y social para gobernar. La legitimidad únicamente se obtiene por consentimiento REAL del PUEBLO.
*ver nota del periódico Granma  del  juicio del del MID en www.midporcuba.org 
No hubo apertura legal sin eliminar esa cláusula. Intentaron “reformas” económicas antes, pero el pluralismo jurídico fue imposible mientras existía el “partido superior”.

2) China y Vietnam (la excepción aparente)

Mantuvieron la cláusula, pero pagaron un precio constitucional:

 No pueden reconocer derechos políticos plenos.

  • pluralismo jurídico real.
  • Sus constituciones quedan permanentemente cerradas a la soberanía popular.
  • Es un modelo de mercado sin soberanía, no de transición democrática.
  • Es decir: es una transición; pero hacia un Sistema Corporativo

¿Por qué los comunistas cubanos no pueden “arreglar” el Art. 5 sin perderlo?

Porque aun si el propio sistema cubano quisiera “modernizarse”, choca con cuatro paredes técnicas: Soberanía (Art. 3)

no admite “superiores” permanentes.
-Igualdad política: un ente superior rompe la igualdad ante la ley
-Derechos: la cláusula convierte derechos en “ilusorios”.
-Reforma constitucional: el “superior del Estado” no puede ser reformado por el pueblo sin caer en bucle inválido

Cualquier reforma que intente abrir participación, elecciones o asociaciones reales colisiona con el Art. 5. Por técnica constitucional, hay que neutralizarlo o suprimirlo primero.

Conclusión comparada (la regla que no falla)

No existe transición democrática “con” cláusula de partido dirigente.
Todas las transiciones reales
comenzaron por su derogación.
Donde no se derogó,
no hubo transición
(solo mercado controlado).

Esto explica por qué la Doctrina Integracionista fue percibida como una amenaza estructural: no pedía reformas; activa la única llave constitucional que hace posible cualquier transición real
Fórmula mínima y técnicamente viable que sustituye al Art.5 (la “cláusula cero” de soberanía) sin crear vacíos jurídicos.

 Usada en derecho constitucional comparado, se usa para sustituir cláusulas de “partido dirigente” sin crear vacío de poder. No es retórica política; es ingeniería constitucional. La “Cláusula Cero” de Soberanía (sustituto técnico del Art. 5)

Artículo *** (Soberanía y neutralidad política del Estado)

La soberanía reside exclusivamente en el pueblo que la ejerce de manera directa y mediante representantes libremente electos. Ninguna organización, partido, asociación o persona puede atribuirse el ejercicio de la soberanía, ni ostentar carácter superior sobre el orden constitucional

El Estado es políticamente neutral y garantiza el pluralismo político, la igualdad de oportunidades entre organizaciones políticas y el acceso equitativo a los procesos electorales.
La organización, funcionamiento y financiación de los partidos políticos se regirán por la ley, bajo los principios de legalidad, transparencia y democracia interna

 ¿Por qué esta cláusula funciona (y no rompe nada)?

1) Cierra la “doble soberanía”.

Sustituye la “fuerza dirigente superior” por una única soberanía: la del pueblo. Se elimina la contradicción estructural.

2) No deja vacío de poder. No “quita” al Estado; neutraliza al Estado frente a los partidos y traslada la legitimidad hacia elecciones y, representación.

3) Abre derechos sin choque normativo. Permite pluralismo, asociación y participación sin convertirlos en derechos ilusorios

4) Es compatible con cualquier sistema económico. No impone modelos económicos, solo ordena la arquitectura del poder

Artículo ***

El poder supremo reside exclusivamente en el pueblo,  siendo únicamente éste quien posee la absoluta soberanía. El Estado es políticamente neutral. Ninguna organización podrá atribuirse carácter superior sobre el orden constitucional. Se garantiza el pluralismo político conforme a la ley.

Cláusulas de este tipo —soberanía única (la del pueblo) + neutralidad del Estado + pluralismo-papel rector del PCC— son las que reemplazaron las cláusulas de partido dirigente en Europa del Este y habilitaron elecciones competitivas sin colapsar el orden jurídico

Ver el programa político del MID en www.midporcuba.org

Observación: El MID ha desarrollado una nueva forma de dirección y organización política del Estado y del Gobierno que mejora la democracia, fortalce los controles democráticos, mejora la toma de dicisiones a nivel gubernamental.Cuba sería  precursora de un sistema democrático que facilitaría la Integración Continental.

La cuestión crucial de la felicidad en un país donde existe infinita represión, humillación, falta total de mínimos derechos, miseria absoluta, donde se vive en una prisión grande, más humillado y con más hambre que en una pequeña; donde los débiles pierden su decoro y se restriegan en el estiércol de la inmoralidad es:

BRILLAR CON LA ESTRELLA EN LA FRENTE, COMO ÚNICA OPCIÓN PARA LOGRAR TU FELICIDAD
O

TODOS LOS DÍAS, SUMIDO EN LA INDIGNIDAD; SOPORTANDO EL YUGO QUE TE HACE HALAR LA CARRETA DE LOS QUE TE OPRIMEN 

Esa única opción es: Desplazar a los comunistas de todo cargo de dirección,a cualquier nivel y votar por personas honradas no vinculadas a es corrupto partido; ¡NO! a todo lo que emane del PCC (orientaciones, consignas, ¡NO! aceptar su dirigencia en trabajos, escuelas, ejército, en fin, ¡NO! a todo lo que provenga de los destruyen nuestra nación; mientras lucran a costa del dolor nacional que ellos provocan.)

A los miembros de ese PCC, les decimos: ¡reflexionen!. No lleven nuestra nación a una nefasta hecatombe nacional.  

  

El Poder Está en Nuestras Manos

Pueblo de Cuba, El Poder está en nuestras manos

Transición Democrática y Soberanía Ciudadana

Nosotros, el pueblo cubano, hablamos con una sola voz: ¡No más humillación! Vivimos colas interminables, salarios que no alcanzan, apagones que oscurecen hospitales y escuelas, miedo a decir la verdad en nuestra propia casa. ¡No! se trata de ideologías: se trata de pan, luz, agua, respeto y dignidad.
El poder ¡NO! es del partido ni de sus acólitos: el poder es del pueblo. Y hoy decidimos ejercerlo.

El ¡NO! como arma cívica

Nuestro ¡NO! es pacífico, firme y organizado. Decimos ¡NO! a colaborar con la mentira, ¡NO! a legitimar abusos, ¡NO! a obedecer órdenes injustas, ¡NO! a participar en estructuras que oprimen.
Este ¡NO!, ¡NO! es apatía; es acción moral: ¡NO! prestarnos a campañas falsas, ¡NO! asistir a teatros políticos, ¡NO! repetir consignas contra nuestra conciencia. ¡Cada NO! abre una puerta a la libertad.

Lo que ganamos cuando el poder vuelve al pueblo


-El salario recupera su valor y el trabajo deja de ser pobreza.

-La luz y el agua vuelven a ser derechos, ¡NO! favores.

-La ley protege a la familia, ¡NO! a los que mandan.

-Ningún cubano será castigado por pensar distinto ni por decir la verdad.

-La diáspora deja de ser exilio y se convierte en fuerza de reconstrucción.

Camino práctico de acción (sin violencia)

1) Habla con tu vecino: comparte este manifiesto y escucha su historia.
2) Organízate en pequeños círculos cívicos: familia, trabajo, iglesia, barrio.

3) Practica el ¡NO! cada día: ¡NO! legitimes lo que sabes que está mal.
4) Usa tu voz: escribe, canta, reza, pinta; la cultura es resistencia.
 
5) Protege a los vulnerables: ancianos, madres, niños, presos injustos.
 
6) Documenta abusos con fecha y lugar; comparte en redes seguras.
7) Construye confianza: sin venganza, con verdad y justicia.
 

8) Escribe, pinta, informa, expresa tu rechazo a quien te oprime: ¡EL PCC! en todo   momento y lugar.

9) Manifiéstate abiertamente contra el PCC. Apoya a quienes lo hacen personal o colectivamente.

10) Desautoriza el PCC, repúdialo, acúsalo de crímenes contra el pueblo.

11) Quítalo de su poder tambaleante, para darle paso a la democracia, tu felicidad

A quienes aún apoyan al sistema

Te hablamos con respeto: si sigues creyendo que “¡NO! hay alternativa”, mira tu mesa, tu salario, tu barrio. Nadie te pide odiar; te pedimos abrir los ojos. Un país ¡NO! se salva con miedo, ni con consignas. Se salva con la verdad, la ley y el trabajo libre. Este llamado también es para ti: Cuba necesita tu talento y tu valor.

Horizonte de República democrática y constitucional

Queremos una República de leyes, ¡NO! de caudillos: poderes separados, elecciones libres, respeto a la propiedad, sindicatos y prensa independientes, jueces imparciales y reconciliación sin impunidad, organizaciones civiles sin influencia ni censuras partidistas o gubernamentales.
La soberanía es del pueblo. El Estado sirve, ¡NO! manda. La patria es de todos, ¡NO! de un partido.

Juramento cívico

Por nuestros hijos y nuestros mayores, por los que se fueron y por los que resisten: nos comprometemos a sostener el ¡NO! cívico, a organizarnos con coraje y, a reconstruir una Cuba libre y digna.
Hoy damos este paso en paz, con la frente en alto, sabiendo que la libertad comienza cuando dejamos de obedecer a la injusticia.

¡Este país es nuestro!

Este escrito fue publicado el 29 de Julio de 2021 POR SU IMPORTANCIA Y VIGENCIA SE HACE IMPRESCINDIBLE SU LECTURA Y ¡EJECUCION!

fiscal general de LA REPUBLICA DE CUBA desafía abiertament a su inmediato superior, el presidente de LA REPUBLICA DE CUBA Miguel Díaz-Canel

ARTÍCULO 157 DE LA CONSTITUCIÓN VIGENTE (2019):

La Fiscalía General de la República constituye una unidad orgánica indivisible y con independencia funcional, subordinada al Presidente de la República.)

Después de las declaraciones y actuaciones posteriores TIPIFICADAS EN LA CORTE INTERNACIONAL PENAL como un delito CONTRA LA HUMANIDAD, al exhortar a una parte armada de la nación en contra de la mayoría de ella. Ahora El Fiscal General de la República, subordinado inmediatamente al Presidente Díaz-Canel dice, abiertamente en contra de su superior que:» El derecho a manifestarse, inclusive en contra de la ideóloga oficial, establecida en la Constitución».Declaraciones contrarias a lo que establece la constitución comunista(entre otros los artículos):

ARTÍCULO 5. El Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista, marxista y leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza política dirigente superior de la sociedad y del Estado. Organiza y orienta los esfuerzos comunes en la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista… ( ¿Es legítima una constitución que reconoce en sus propios articulados una institución por encima de ella, además de no democrática y totalitaria?)

Anteriormente existian evidencias sobre una guerra interna, entre los miembros del buró político del PCC, cuando en menos de 20 días 5 generales murieron sorpresivamente (todos cercanos a los Castros), otro muerto anteriormente en mayo.

Sabemos perfectamente que Díaz-Canel sigue órdenes superiores (el niño privilegiado de Raúl Castro). 

Ahora El Fiscal General de la República, quien debe recibir órdenes de Canel, lo contradice abiertamente. Recibiendo órdenes de otra facción (ya podemos asegurar que al menos hay dos) en disputa dentro del PCC; pues lo que sí no podemos creer es, que esas declaraciones públicas del Fiscal fueron por iniciativa propia. Pero, ¡Sí! es seguro, que tienen un respaldo y responden a comunistas con más poder. Y que esas declaraciones públicas del Fiscal ¡NO! fueron por iniciativa propia.

Surgen tres preguntas en relación a las declaraciones del Fiscal General, máximo encargado de enjuiciar, sobre todo, delitos constitucionales (si es como él dijo que; el derecho a expresarse, inclusive en contra del socialismo y el comunismo es un derecho constitucional, algo que no es así).

Primero: Si Canel y los que ejecutaron sus órdenes violaron los derechos ciudadanos ”amparados” por constitución. ¿los encausará? y… de ser encausados ¿por qué lo harán? ¿será,como le dijimos a Canel por través de Twitter?. Que él fue puesto en esa posición, para tratar de limpiar la imagen de otros, que han cometido infinidad de desmanes, incriminándolo a él, de todas barbaries, que durante tanto tiempo se han venido haciendo. Y él se convierta en el Chivo Expiatorio del sistema. Y a otros que monten en ese mismo tren; como Ochoa fue incluído en un caso del cual nada tenía que ver.

CAPÍTULO III DELITOS CONTRA LA PAZ Y EL DERECHO INTERNACIONAL

SECCIÓN SÉPTIMA

Genocidio

ARTÍCULO 134.1. Incurre en sanción de privación de libertad de diez a perpetua de libertad o muerte quien con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, religioso 0 por el color de su piel como tal:

a. someta a este grupo a condiciones de existencia que constituyan una amenaza de exterminio del grupo o de algunos de sus miembros;

TÍTULO IV DELITOS CONTRA EL ORDEN PUBLICO

CAPÍTULO II

Instigación a Delinquir

ARTÍCULO 268. 1. Quien, fuera del caso previsto en el inciso c) del artículo 145 de este códico, incite públicamente a cometer un delito determinado, incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas, o ambas.

  1. Si la incitación surte efectos, se impone la sanción correspondiente al delito cometido si éste tiene fijada una sanción mayor a la señalada en el apartado anterior.
  2. Si la incitación surte efectos, se impone la sanción correspondiente al delito cometido si éste tiene fijada una sanción mayor a la señalada en el apartado anterior.
  3. Si la incitación es para incumplir una ley, una disposición legal o una medida adoptada por las autoridades o los deberes ciudadanos relacionados con la defensa de la Patria, la producción, los servicios o la educación, la sanción a imponer es la prevista en el apartado 1, rebajada en un tercio en sus límites mínimo y máximo.
    (según el Fiscal General de la República, Canel en sus declaraciones, incitó a incumplir la ley)

Segundo: ¿serán indemnizadas las victimas del uso institucionalizado de la fuerza, por el sólo hecho de ejercer su inalienable derecho a la libre expresión, recogido o no en la constitución?

Tercera: ¿A cuál facción en disputa dentro del Buró político del PCC pertenece el Fiscal?

Ya es claro también que una de esas facciones aboga por la fuerza (la que usa a Canel por órdenes de Raul Castro, familia, y seguidores) y la otra, u otras, por suavizar y quizás buscar reformas. Ambas INACEPTABLES para nuestra nación mientras exista, sobre todo el artículo 5 de la constitución:

EL PAPEL RECTOR DEL PCC.

¡¡¡OJO!!!

A cualquier intento de cambio, tiene que preceder la revocación incondicional de ese artículo (5), entre otros, aunque este es el más importante; por ser el que atribuye a ese totalitario partido, el poder absoluto por encima de cualquier constitución que pudiera reformarse, o cambiarse. Lo cual, no representaría cambio alguno sustancial de ese oprobioso sistema.

Es aquí cuando el Movimiento Integracionista Democrático EXHORTA ENFÁTICAMENTE, que lean las primera y segunda declaraciones del mismo, donde se establecen las bases claras y precisas, de cómo debe estructurarse el sistema socio-político-económico de Cuba. Esas declaraciones por su extensión no se reflejan aquí; pero irán directo a ellas si siguen este link: https://midporcuba.org/programa-y-accion-civica/1ra-declaracion/

¡LÉANLO TODO!

Es importante para

¡TODOS!

¡PATRIA Y VIDA!

Notas: 1) En este otro link se enseña como se debe obrar de inmediato para tomar el poder democráticamente, eliminando del poder quien ahora lo ostenta:

–El PCC–

https://midporcuba.org/2021/07/18/orientaciones-para-la-cuba-que-lucha-por-su-dignidad/

2) El MID cuenta con programa muy bien estructurado para ser implementado, de manera tal, que la democracia emerga en nuestra patria en el menor tiempo posible. Para ello consideramos un elemento más en el pensamiento de Abraham Licoln del: “gobierno del pueblo, por el pueblo, y para el pueblo”; le agregamos: …“Y CON EL PUEBLO”. El cual tiene como base, las condiciones de enajenación y falta de educación cívica; que ya más de cuatro generaciones han tenido que soportar. Pero, eso precisamente es lo que el MID, haciendo un análisis profundo de esa condición, ha desarrollado un sistema ¡MUCHO! Pero ¡MUCHO MAS! Coherente y democrático que cualquiera de los existentes hoy en todo el mundo.

 

 

Miguel Diaz-Canel violador del Decreto-Ley 35/2021

Fiscalía General de la República de Cuba- entre sus funciones están:

– Velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales por los organismos del Estado, las entidades económicas y sociales y por los ciudadanos.

–  Atender las reclamaciones que presenten los ciudadanos sobre presuntas violaciones de sus derechos.

En atención a las  funciones anteriormente mencionadas, es el deber de la Fiscalía Juzgar a quien, entre otros delitos más graves no considerados en este escrito, ha cometido INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD Y NIVEL DE PELIGROSIDAD  como son:

El usar medios de difusión masiva y estatal para cometer delitos de daños éticos y sociales; y difusión dañina, según lo establecido en el Decreto-Ley 35/2021

Gaceta Oficial No. 92 Ordinaria de 17 de agosto de 2021

CONSEJO DE ESTADO

Decreto-Ley 35/2021 “De las Telecomunicaciones, las Tecnologías

de la Información y la Comunicación y el uso del Espectro

Radioeléctrico” (GOC-2021-759-O92)

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 43/2021 “Reglamento sobre el uso del Espectro

Radioeléctrico” (GOC-2021-761-O92)

DECRETO 43

REGLAMENTO SOBRE EL USO DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

COMUNICACIONES

GOC-2021-762-O92

RESOLUCIÓN 105/2021

REGLAMENTO SOBRE EL MODELO DE ACTUACIÓN NACIONAL

PARA LA RESPUESTA A INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD

CAPÍTULO IV

ACTUACIÓN ANTE LOS INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD

Artículo 20.1. La actuación ante un incidente de Ciberseguridad se rige por lo expresado

en el Artículo 6.

2. La prioridad y actuación ante un incidente es según se indica en la siguiente tabl

ANEXO II

TIPIFICACIÓN DE LOS INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD Y NIVEL DE PELIGROSIDAD

Categoría                Subcategoría                 Descripción                                                             Nivel de 

                                                                                                                                                     Peligrosidad

daños éticos y                sociales Difusión dañina Difusión a través de las infraestructuras, plataformas o servicios de telecomunicaciones/ TIC de contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado, inciten a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas.         ALTO

En este caso el que intentó y ejecutó  dichos incidentes, tiene el agravante de ser la máxima figura del PCC y del Estado Cubano Miguel Díaz Canel, cuando; usando sus propias palabras más abajo escritas; incitó a una parte de la nación,  en contra de otra que hacía uso de sus derechos inalienables como ciudadanos, y seres humanos; considerados inclusive en la actual Constitución vigente en Cuba. Siendo él, además, el máximo responsable de velar por el ejercicio de los derechos de TODOS los ciudadanos y no solamente de una parte de ellos:

“Estamos convocando a todos los revolucionarios del país, a todos los comunistas, a que salgan a las calles y vayan a los lugares donde vayan a ocurrir estas provocaciones”, dijo el mandatario en un inusual mensaje que se trasmitió por todas las cadenas de radio y televisión de la isla a raíz de las protestas que habían empezado unas dos horas antes.
“La orden de combate está dada: a la calle los revolucionarios”, afirmó Diaz-Canel
¿Tendrá la firmeza ética y moral en el cumplimiento de su deber, el Fiscal General de la República para enjuiciar a Miguel Díaz Canel, como responsable de cometer un incidente considerado de ALTO NIVEL DE PELIGROSIDAD en el Decreto Ley 35/2021? … Y otros delitos considerados en Código Penal Vigente en Cuba, entre ellos GENOCIDIO

No dilates más el momento

LA PARTE INDECISA DEL PUEBLO CUBANO Y QUE, DE SEGURO NO QUIERE MAS CRIMINALESCASTROCOMUNISTA TAMPOCO, DEBEN DECIDIRSE A LEVANTAR SUS VOCES PORQUE, DE LOCONTRARIO, VIVIRAN INDECISOS, INCOMPLETOS Y CAUTIVOS DEL NEFASTO Y BIEN CONOCIDO,CRIMINAL CASTROCOMUNISTA, POR EL RESTO DE SUS VIDAS SI POR SU INDECISIÓN, NO SE COMPLETALA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LA SOCIEDAD CUBANA YA QUE, MIENTRAS EXISTA EL ÚNICO PARTIDO(CASTROCOMUNISTA) QUE, FUNGE ILEGALMENTE (POR LEY Y POR NATURA) COMO PAPEL RECTOR ENDICHA SOCIEDAD, CONTINUARÁ LA PANDEMIA CRIMINAL EN CUBA…PIENSA INDECISO DE ADENTRO DECUBA Y, AYUDA A OTROS A PENSAR, NO SERÁ IMPOSIBLE YA QUE, LOS OTROS TAMPOCO QUIEREN MÁSPANDEMIA CRIMINAL Y ESO, ES UN BUEN PRIMER PASO…EL SEGUNDO PASO, ES SEGUIR A LOS QUE SEDECIDIERON Y ROMPIERON LAS CADENAS DEL MIEDO…TU PUEDES TAMBIÉN!…PERO, NO DILATES MÁSEL MOMENTO…DIGO YO NO..

A Los Indecisos

La parte indecisa del pueblo cubano y que, de seguro no quiere mas criminales castrocomunista tampoco, deben decidirse a levantar sus voces porque, de lo contrario, viviran indecisos, incompletos y cautivos del nefasto y bien conocido, criminal castrocomunista, por el resto de sus vidas si por su indecisión, no se completa la limpieza y desinfección de la sociedad cubana ya que, mientras exista el único partido (castrocomunista) que, funge ilegalmente (por ley y por natura) como papel rector en dicha sociedad, continuará la pandemia criminal en cuba…piensa indeciso de adentro de cuba y, ayuda a otros a pensar, no será imposible ya que, los otros tampoco quieren más pandemia criminal y eso, es un buen primer paso…el segundo paso, es seguir a los que se decidieron y rompieron las cadenas del miedo…tu puedes también!…pero, no dilates más el momento…digo yo no…

Orientaciones para Cuba que lucha por su libertad

Alerta a los cubanos que han decidido romper las cadenas de la ignominia.

¡NO! A TODA ORDEN U ORIENTACION DEL CORRUPTO Y CRIMINAL PCC

El MID elaboró tu Programa Político Democrático, para que no haya vacíos de poder, cuando no exista el sistema de oprobio comunista en nuestra patria. Click este link, conoce tu programa

No vandalismo (todo acto de vandalismo condenarlo como un acto realizado por los comunistas; con el ánimo de desacreditar la lucha pacífica y digna del pueblo cubano), ni mediatización, ni pactos con los comunistas que no sea su incondicional renuncia a todos los niveles.

¡INMEDIATA Y URGENTEMENTE!

Desplacemos a todos los comunistas de NUESTRAS INSTITUCIONES CIVILES (sindicales, profesionales, educacionales, empresas productivas y administrativas, culturales, de salud, y hasta las militares, ¡TODAS!) y pongamos en ellas para que las dirijan a cubanos no comunistas. ¡NO! aceptes, ni obedezcas, ni sigas a ningún dirigente del PCC. Ellos son menos, sin moral, y cobardes. ¡TOMA CONCIENCIA DE TU VALOR Y FIRME DESEOS DE SER LIBRE! A las Victimas-cómplices les decimos: ¡DEJA LA DOBLE MORAL! unete a tu pueblo para que tú y tu familia tengan un futuro de progreso y libertad.

-¡NO! venganzas. Que cada culpable responda a la justicia con todo el derecho a defenderse. Derecho que los comunistas nunca han dado.

-Evitar por todos los medios derramamientos de sangre.

-Demos la oportunidad, única, a gente comprometida que demuestren su arrepentimiento uniéndose al movimiento libertador. Pero; eso sí, que demuestren bien claro su genuino arrepentimiento.

Que plantea el programa político del Movimiento Integracionista Democrático (MID) al pueblo de Cuba. En él, encontrarán la guía necesaria de como llegar al establecimiento del ¡PODER DEMOCRÁTICO! por la felicidad de todos los cubanos click este link para ver más orientaciones

Llamado a todos los masones del mundo

Por las viriles declaraciones del Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba, él y la Gran Logia de Cuba está siendo asediados por vándalos contrarios a nuestros ideales masónicos: de Libertad, Igualdad, y Fraternidad.

Tanto el Soberano Gran Comendador, como La Gran Logia de Cuba, y el resto de los masones cubanos sus vidas, se encuentran en un inminente peligro. Es nuestro sagrado juramento masónico ,el que nos fuerza a dar un firme respaldo a nuestros hermanos que en Cuba peligran. Hagamos sentir nuestro de apoyo moral, alzando nuestras voces en contra de quien los amenazan: El Partido Comunista de Cuba y su caterva de despreciables víctimas-cómplices

Reconocimiento de Ilegitimidad Terrorista

Cuba se pronuncia en contra del PCC

Declaraciones de Diaz-Canel Secretario General del
Totalitario Partido Comunista de Cuba

«Estamos convocando a todos los revolucionarios del país, a todos los comunistas, a que salgan a las calles y vayan a los lugares donde vayan a ocurrir estas provocaciones», dijo el mandatario en un inusual mensaje que se trasmitió por todas las cadenas de radio y televisión de la isla a raíz de las protestas que habían empezado unas dos horas antes.
«La orden de combate está dada: a la calle los revolucionarios»,

afirmó Diaz-Canel

Ya Diaz-Canel reconoce la ILEGITIMIDAD de su partido y desgobierno al declarar que, para mantenerse en el totalitario poder, tiene que reprimir a su pueblo; con esta declaración, hace un claro reconocimiento de que Cuba no quiere comunismo, y pretenden continuar en el poder ILEGÍTIMAMENTE; tratando de imponer el terrorismo de Estado, por medio de aquéllos comprometidos, temerosos de enfrentase a la Justicia de la democracia. A los comprometidos les decimos:

¡NO REPRIMAN A SU PUEBLO!,

en el también están sus familias, la cuales pasan las mismas vicisitudes que les impone el sistema que están defendiendo:

¡DEFIENDAN SUS FAMILIAS, NO A LOS QUE VIVEN A COSTA DEL SUFRIMIENTO DE ELLAS!

La legitimidad del poder político democrático se obtiene por la aceptación, voluntaria, expresada por votación popular. El día 11 de Julio del 2021 el pueblo cubano se expresó, PACÍFICA Y VOLUNTARIAMENTE; en UN PLEBISCITO SIN PRECEDENTE en los 62 años de terrorismo totalitario comunista, EN CONTRA del totalitarismo terrorista comunista. Incluso, desafiando el aparato represivo de ese sistema; el cual demostró su cobarde naturaleza. Cobardía que confirma Diaz-Canel con sus desesperadas declaraciones. Canel y sus acólitos le tienen miedo al Pueblo, tienen miedo de la Justicia Democrática. Las declaraciones de Canel también demuestran esto. ¡Cobardes!.

El llamado de Canel es, y solamente es, un

¡CRIMEN DE LESA HUMANIDAD!

en contra de su pueblo; llamado de uno que desgobierna un país convocando a una guerra civil. En él recaerá toda la responsabilidad por las muertes que ocasionará ese vandálico llamado.

Mario Fernandez Mora
Movimiento Integracionista
Democratico (MID)

Julio 12, 2021